Regulación Tributaria
De conformidad a lo que establece el artículo 15 de la Ley 822 “Ley de Concertación Tributaria” reformada por la Ley 987, son rentas de capital los ingresos devengados o percibidos en dinero o especie, provenientes de la explotación de activos o cesión de derechos, considerando rentas de capital mobiliario las que provienen de depósitos de cualquier naturaleza y plazo, y de conformidad al artículo 87 de la Ley 822, reformado por la Ley 987, la retención de IR sobre las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital, es de 15% para residentes y no residentes.